Algunas cuestiones vinculadas con el ajuste de las cuentas del patrimonio neto
1)¿A partir de que momento debe ajustarse el capital? ¿Fecha de suscripción o de integración?
El capital se reexpresa desde la fecha de la suscripción.
Accionistas es una cuenta monetaria, las suscripciones de capital en especie deben integrarse en su totalidad, por lo que el saldo de la cuenta sólo puede comprender los importes dinerarios pendientes de integración.
Al ajustar el capital desde el momento de su suscripción se revela el resultado por inflación negativo por mantenimiento de la cuenta accionistas.
Ejemplos: Una sociedad presenta los siguientes saldos al 31/12:
Caja 2.500
Accionistas 7.500
Capital 10.000
Suscripción 1/1, se integra el 25% en efectivo
Inflación 10%
Alternativa 1. Tomando como fecha de origen la integración
Capital integrado 2.500 x 1.10 = 2.750
REI 250
Ajuste Capital 250
Los saldo al 31/12 son los siguientes:
Caja 2.500
Accionistas 7.500
Capital 10.000
Ajuste Capital 250
REI (250)
Solo toma la cuenta caja como activo monetario expuesto a la inflación.
Alternativa 2. Tomando como fecha de origen la suscripción
Capital suscripto 10.000 x 1.10 = 11.000
REI 1.000
Ajuste Capital 1.000
Los saldo al 31/12 son los siguientes:
Caja 2.500
Accionistas 7.500
Capital 10.000
Ajuste Capital 1.000
REI (1.000)
Toma como activos monetarios expuestos a la inflación caja más accionistas.
2)¿ A partir de que momento debe ajustarse la distribución de utilidades? ¿Fecha de asamblea o del cierre anterior?
La distribución de utilidades se reexpresa tomando como fecha de origen la del cierre del ejercicio anterior.
Un criterio u otro no modifica los resultados del ejercicio con excepción que se disponga el pago de dividendos en efectivo.
En el caso de la reserva legal, de tomar el ajuste desde la fecha de asamblea el monto de la misma difícilmente alcance lo establecido en la ley 19.550.
Ejemplo:
Saldos al 31/12/x1
Capital ajustado: $ 10.000
Reserva legal : $1.500
Resultado del ejercicio: $ 20.000
La asamblea destinará la suma de $ 500 a fin de llevar el saldo de la reserva legal a $ 2.000 (20% del capital.
Inflación del ejercicio 20 %, inflación desde la asamblea 10%.
Alternativa 1: Tomando la fecha de asamblea.
Capital: $ 10.000 x 1.20: $ 12.000
Reserva legal: $ 1.500 x 1.20: 1.800 $ 500 x 1.10: 550
Saldo de la reserva legal 2.350 (no alcanza el 20%)
Alternativa 2: Tomando la fecha de cierre del ejercicio anterior.
Capital: $ 10.000 x 1.20 : $ 12.000
Reserva legal: $ 1.500 x 1.20: 1.800 $ 500 x 1.20: 600
Saldo de la reserva legal 2.400 (alcanza el 20%)
En el caso de los dividendos en efectivo, el transcurso del tiempo entre la fecha de cierre y la aprobación del pago por la asamblea, en un contexto inflacionario, perjudica al accionista y representa un beneficio para la compañía. Desde el punto de vista de la realidad económica el dividendo en efectivo representa un pasivo monetario no explícito, solo se exterioriza cuando la asamblea lo aprueba.
Podemos ver los efectos de uno u otro tratamiento en los siguientes ejemplos:
Una sociedad presenta los siguientes saldos al 31/12/x1
Caja 5.000
Terreno 18.000
Capital 5 000
Ajuste del capital 8.000
Resultados no asignados 10.000
La asamblea decide distribuir y pagar $ 5.000 en efectivo.
No hay otros movimientos en el ejercicio.
Inflación del ejercicio 20 %, inflación desde la asamblea 10%.
Ajuste del terreno y del capital
Terreno 18.000 x 1.20 = 21.600
Capital ajustado 13.000 x 1.20 = 15.600
Terreno 3.600
Aj. Del capital 2.600
REI 1.000
Ajuste de los resultados no asignados
Alternativa 1. Se ajusta desde la asamblea
Resultados no asignados 10.000 x 1.20 = 12.000
Dividendos en efectivo -5.000 x 1.10 = -5.500
Saldo al cierre 5.000 6.500
REI 1.500
Res. No asignados 1.500
Los saldos al 31/12/x2 son los siguientes:
Terreno 21.600
Capital 5 000
Ajuste del capital 10.600
Resultados no asignados 6.500
Resultado del ejercicio ( 500)
La pérdida se produce por el mantenimiento de caja desde el inicio a la fecha de asamblea.
Alternativa 1. Se ajusta desde el cierre x1
Resultados no asignados 10.000 x 1.20 = 12.000
Dividendos en efectivo -5.000 x 1.20 = -6.000
Saldo al cierre 5.000 6.000
REI 1.000
Res. No asignados 1.000
Los saldos al 31/12/x2 son los siguientes:
Terreno 21.600
Capital 5 000
Ajuste del capital 10.600
Resultados no asignados 6.000
Resultado del ejercicio ( 0)
No hubo resultado por inflación dado que si bien existió un saldo de caja expuesto, el mismo está comprometido al pago de los dividendos en efectivo.
Cabe señalar que tomando este criterio la comprobación del resultado por inflación por el método directo debe hacerse incluyendo un pasivo monetario por los dividendos en efectivo.
3)¿ Los aportes irrevocables como se ajustan y como se expone su ajuste?
Los aportes irrevocables a cuentas de futuras suscripciones se ajustan desde la fecha de su incorporación. Deben considerarse como tal cuando se dan las condiciones establecidas en la RT 17 (punto 5.19.1.3.1).
Se exponen en forma separada del ajuste del capital (modificación introducida por la RT 19).
Existen dos criterios:
1) Exponer la cuenta aportes irrevocables por su valor reexpresado.
2) Utilizar la cuenta “ajuste integral de los adelantos irrevocables a cuenta de futuras suscripciones” (criterio adoptado por la NT 2001 de la Comisión Nacional de Valores)
Profesor Alberto Veiras