Free Essay

Dgii

In:

Submitted By didi18
Words 2703
Pages 11
Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Es la institución que se encarga de la administración y/o recaudación de los principales Impuestos Internos y tasas en la República Dominicana.
La DGII surge con la promulgación de la Ley 166-97, que fusiona las antiguas Direcciones Generales de Rentas Internas e Impuestos Sobre la Renta.
En fecha 19 de junio del año 2006 se promulgó la Ley No. 227-06 que otorga personalidad jurídica y autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio propio a la DGII.

Facultades de la administración tributaria. De acuerdo a lo establecido al Artículo 32 de este código, estará invertida de las siguientes facultades: a) Facultad normativa. b) Facultad de inspección y fiscalización. c) Facultad de determinación. d) Facultad sancionatoria.

Visión, Misión y Valores de la DGII.

• Visión: Ser una organización con prestigio y credibilidad que utiliza políticas, procedimientos y sistemas de información que operan eficientemente, con gente ética y profesionalmente inobjetable. • Misión: Garantizar la aplicación cabal y oportuna de las leyes tributarias, brindando un servicio de calidad a los contribuyentes para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones. • Valores institucionales:
Honestidad: Es la cualidad de hacer lo correcto desde el punto de vista ético. Lealtad: Es el cumplimiento con los principios, políticas y procedimientos de la organización.
Dinamismo: Es comportarse como agentes del cambio, protagonistas de la modernización, propulsores de nuevos proyectos e ideas que mejoren nuestro trabajo.

Respeto: Trato considerado y deferente que debe caracterizar la atención a los Contribuyentes y a nuestros compañeros de labores.

Compromiso: Es cumplir con las funciones asignadas, tanto a nivel ético como operativo.

Antecedentes Históricos de la DGII.

Aunque el cobro de los impuestos en la República Dominicana se remonta a los tiempos de la colonia, la existencia en nuestro país de un organismo administrador y colector de tributos y tasas internos tiene su origen en el año 1935 con la creación de un Departamento de Rentas Internas, el cual dependía de la Secretaría de Estado de Tesoro y Crédito Público, como se denominaba en aquel entonces a la hoy Ministerio de Hacienda.

En el año 1949 se estableció el primer Impuesto Sobre la Renta a través de la Ley No. 1927, y de la misma Ley se creó un organismo que lo administraría, es decir, la Dirección General de Impuesto Sobre la Renta.

En abril del año 1959, se creó la Dirección General Impositiva, por medio de la Ley No. 5118, previéndose que tal entidad comenzaría a funcionar a partir del primero de enero de 1960. Esta entidad surgiría de la fusión de la Dirección General de Rentas Internas, la Dirección General de Aduanas y Puertos, la Dirección General de Impuesto sobre el Beneficio, la Dirección General de la Cédula Personal de Identidad.

En el año 1963, se crea la primera Dirección General de Impuestos Internos la cual fusionaría las Direcciones Generales de Impuestos Sobre la Renta y de Rentas Internas. Esta institución estaría vigente hasta junio del año 1966 cuando en la Ley 301 se dispone que las Direcciones Generales de Impuestos Sobre la Renta y de Rentas Internas funcionaran independientes, de acuerdo a las disposiciones de sus respectivas leyes orgánicas.

Esta independencia de los organismos administradores de los tributos internos se mantiene vigente hasta el año 1997 cuando se crea nuevamente a la Dirección General de Impuestos Internos, institución que tiene a su cargo la administración y cobro de los principales Impuestos Internos y Tasas del país. En fecha 19 de julio del año 2006 se promulgó la Ley No. 227-06 que otorga personalidad jurídica y autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y de patrimonio propio a la Dirección General de Impuestos Internos.

Marco Legal de la DGII.
De acuerdo a (Dominicana, 2006) la ley No.166-97, del 27 de julio de 1997, se creó la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) de la fusión de la Dirección General de Impuesto sobre la Renta y de la Dirección General de Rentas Internas.
Las razones que motivaron la unificación de ambas instituciones respondían básicamente a criterios que apelaban a una unidad en la función de recaudación y fiscalización de los tributos, a la necesidad de disminuir los gastos administrativos generados en gran parte por la existencia de una duplicidad de funciones, y la necesidad de simplificar los procedimientos tributarios de ambas instituciones, así como aumentar los controles para una recaudación más eficiente.
Reglamento Orgánico y Funciones de la DGII.
(DGII, dgii.gov.do, 2010) Establece que la Dirección General de Impuestos Internos creada por la Ley 166-97, del 27 de julio de 1997, fue instituida mediante la Ley 227-06, del diecinueve (19) de junio del año dos mil seis (2006), como un ente de derecho público con personalidad jurídica propia, autonomía funcional, presupuestaria, administrativa, técnica y patrimonio propio, con facultades para regular su estructura y funcionamiento.
Ahora de acuerdo a lo dispuesto por el Numeral 3 del Artículo 5 de la Ley 227-06, modificado por el Artículo 22 de la Ley 494-06, de fecha veintisiete (27) de diciembre del año dos mil seis (2006), corresponde al Consejo Superior de la Administración Tributaria, conocer y aprobar el proyecto de estructura administrativa de la Dirección General de Impuestos Internos y sus modificaciones.
De acuerdo al Artículo 7, la subdirección tendrá algunas de las siguientes atribuciones;
1. Supervisar y coordinar la planificación de los procesos de control de omisión y morosidad.
2. Supervisar las actividades relacionadas a la constitución, modificación, disolución y/o fusión de sociedades como contribuyentes.
3. Supervisar y autorizar las solicitudes de reembolsos y/o compensaciones de impuestos, recibidas de parte de los contribuyentes.

5. Supervisar las labores relacionadas al registro, traspaso, tasación y valoración de los bienes muebles e inmuebles de los contribuyentes de la institución. Supervisar las labores de conciliación de los montos cobrados por concepto contra los registrados en los reportes de recaudaciones, revisando la secuencia numérica de los recibos.

6. Supervisar la gestión de las unidades al interior de su estructura.

La Subdirección de Recaudación estará integrada por la gerencia y departamentos siguientes: a). Gerencia de Gestión de Registro y Cobranza. b). Departamento de control de recaudación. c). Departamento de Valoración de Bienes: d). Departamento de Créditos y Compensaciones. e). Departamento de Contribuyentes Especiales. f). Las Administraciones Locales.

Artículo8. La Subdirección refiscalización tendrá algunas de las siguientes atribuciones:
1. Verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, así como generar riesgo ante el incumplimiento tributario, con la finalidad de reducirla brecha de evasión.
2. Supervisar la elaboración y propuesta del plan anual de fiscalización y el seguimiento de los resultados de la ejecución del mismo.
Párrafo: La Subdirección refiscalización estará integrada por las siguientes
Gerencias y Departamentos:
A). Gerencia de Fiscalización Externa.
B). Gerencia de Planificación de Fiscalización.
B.1). Departamento de Planes Masivos.
B.2). Departamento de Planes Selectivos.
B.3). Departamento Diseño y Programación.
C). Centros de Fiscalización.
Artículo11: La Gerencia de Grandes Contribuyentes: Es una área operativa descentralizada que dependerá directamente de la Dirección General y funcionalmente de todas las Subdirecciones; será responsable de ofrecer atención a los grandes contribuyentes y ejecutar todos los procedimientos de recaudación, fiscalización y cobranza, para los grandes contribuyentes de la institución, a nivel nacional.
Párrafo: La Gerencia de Grandes Contribuyentes estará integrada por los siguientes departamentos: a) Departamento de Control de Contribuyentes. b) Departamento de Fiscalización. c) Departamento de Crédito y Compensaciones.

Principales Impuestos de la DGII de la República Dominicana. Según (Donis, 2007) Los impuestos son los pagos o prestaciones que se pagan al Estado de acuerdo a la ley, con el objetivo de satisfacer las necesidades comunes de todos los ciudadanos, como infraestructura, salud, educación, seguridad, etc.

Impuesto Sobre la Renta.

Es el impuesto que grava toda renta, ingreso, utilidad o beneficio, obtenido por personas físicas, sociedades y sucesiones indivisas, en un período fiscal determinado. Base Legal: Título II Ley 11-92 d/f 16/05/1992 y sus modificaciones. a. Contribuyente del ISR. · Las sociedades de capital · Empresas Públicas con rentas de naturaleza comercial · Sucesiones Indivisas · Sociedades de personas y de hecho · Sociedades irregulares. · Negocios de Único Dueño B. Declaración Jurada: Es el documento en formato de formulario, impreso o electrónico, donde los contribuyentes declaran los ingresos y beneficios de sus operaciones, dando constancia de los bienes y servicios prestados por su actividad económica, así como del patrimonio de la entidad al cierre del ejercicio fiscal.
Exenciones del pago de este impuesto: Entre otras, están exentas las rentas del Estado, del Distrito Nacional, municipios, distritos municipales, cámaras de comercio y producción, instituciones religiosas, entidades civiles de asistencia social, caridad, beneficencia, centros sociales, literarios, artísticos, políticos, gremiales, científicos y asociaciones deportivas, siempre y cuando estas asociaciones no persigan fines de lucro.
Tasa a pagar del ISR: Las personas jurídicas domiciliadas en el país pagarán el veintiocho por ciento (28%) sobre la renta neta imponible del período 2014 y a partir del 2015 en adelante la tasa será de un 27% (modificado por la Ley 253-12).
Fechas de pago: La fecha límite para presentación y pago de este impuesto es dentro de los diez (10) días después del cierre del período declarado.
Declaración y pago del ISR: pueden presentar su declaración jurada mediante las siguientes modalidades: En las Gerencias Locales, cuando el reglamentario lohayan experimentado en papel, o mediante una impresión de las declaraciones preparadas en los formularios electrónicos, disponibles en la página de la DGII. A través de la Oficina Virtual, en nuestra Página web www.dgii.gov.do, de manera interactiva (en línea).

Impuestos a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios, ITBIS
Es un impuesto general al consumo tipo valor agregado que se aplica a la transferencia e importación de bienes industrializados, así como a la prestación de servicios. En otros países este impuesto es llamado Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Este impuesto graba:
. La transferencia de bienes industrializados, nuevos o usados.
· La importación de bienes industrializados, por cuenta propia o ajena.
· La prestación y locación de servicios gravados.
Responsables de pagar este impuesto.
Las personas físicas (profesionales liberales, negocios de único dueño) y personas jurídicas (SRL, EIRL y no lucrativas privadas), nacionales o extranjeras que realicen transferencias, importaciones o prestación de servicios gravados.
Las empresas públicas y privadas que realicen o no actividades gravadas, y estén en la obligación de realizar retenciones al ITBIS involucrado en los servicios que les son prestados por personas físicas, así como cuando paguen las prestaciones de servicios profesionales liberales y de alquiler de bienes muebles a otras sociedades con carácter lucrativo o no.

Tasa a pagar: Este impuesto se aplicará sobre las transferencias gravadas y/o servicios prestados con una tasa de un 18%.
Fecha de presentación y pago: La declaración y pago de este impuesto deberá realizarse en el transcurso de los primeros 20 días del mes siguiente al período declarado (por Ej.: el mes de enero debe presentarse y pagarse antes del 20 de febrero). En la importación se paga conjuntamente con los aranceles o impuestos aduaneros.
Recargos: Si paga después de la fecha límite se le aplicará un 10% de recargo por mora sobre el valor del impuesto por el primer mes o fracción de mes, y un 4% progresivo e indefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente, además de un 1.10% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes.

Impuesto Selectivo al Consumo.
Es el impuesto que grava las transferencias de algunos bienes de producción nacional a nivel de fabricación, así como su importación; servicios de telecomunicaciones, de seguros y pagos a través de cheques. • Productos del alcohol • Productos del tabaco • Servicios de telecomunicaciones • Pagos realizados con cheques por las entidades de intermediación financiera así como los pagos realizados a través de transferencias electrónicas • Seguros en general • Otros bienes establecidos en la ley
Base legal: Título IV Ley 11-92 d/f 16/05/92 y sus modificaciones.
Tasas del Impuesto:
• Productos del alcohol: montos específicos en función de la cantidad de litros de alcohol absoluto.
• Productos del tabaco: montos específicos en función de cajetillas de cigarrillos.
• Servicios de telecomunicaciones: 10%
• Cheques y transferencias electrónicas: 1.5 por mil (0.0015)
• Servicios de seguros en general: 16%
• Otros bienes establecidos en la Ley: montos específicos según el bien.

Impuestos Sobre Sucesiones y Donaciones.
Es el impuesto que grava toda transmisión de bienes muebles o inmuebles por causa de muerte o donación. Base Legal: Ley 2569 d/f 4/12/1950 y sus modificaciones.
En el caso de las sucesiones el pago del impuesto se cargará a los herederos, sucesores y beneficiarios del fallecido (De cujus). En lo que se refiere a las donaciones, el impuesto se cargará a los favorecidos y recaerá sobre el valor de los bienes donados.
Tasa a pagar:
En el caso de las sucesiones, la tasa a pagar es de un 3% sobre la masa sucesoral (herencia) luego de realizadas las deducciones correspondientes. Para las donaciones, queda sujeta al pago de un impuesto equivalente a la tasa del Impuesto sobre la Renta de personas jurídicas que se encuentre vigente al momento de la donación. Para el período 2013 un 29%; a partir del ejercicio fiscal del año 2014 se reducirá a un 28% y del 2015 en adelante la tasa será de un 27% (modificado por la Ley 253-12).
Presentación y pago de la declaración jurada:
Sucesiones: Dentro de los 90 días después del fallecimiento (se otorgan prórrogas de hasta 105 días para la presentación de la declaración jurada, cuando el contribuyente no haya podido completar la documentación requerida para el expediente). Donaciones: Dentro de los 30 días después de realizada la donación (sin derecho a prórroga). En los casos de sucesiones, las solicitudes de autorización para el retiro de dinero en bancos e instituciones financieras se dirigirán a la administración local correspondiente.

Impuestos Sobre Propiedades Inmobiliarias o IVSS.

Es un impuesto anual con una tasa de 1% que se aplica sobre la suma total del patrimonio inmobiliario que tienen registrados las personas físicas.

Este impuesto grava:
• Todos los inmuebles destinados a viviendas pertenecientes a personas físicas cuyo valor en conjunto, incluyendo el del solar donde estén edificados, sea superior a los seis millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos pesos (RD$6,752,200.00).
• Los solares urbanos no edificados y aquellos inmuebles no destinados a viviendas, incluyendo los destinados a actividades comerciales, industriales y profesionales, pertenecientes a personas físicas, cuyo valor en conjunto exceda los seis millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos pesos (RD$6,752,200.00). • El compuesto por la combinación de (a) y (b), cuyo valor en conjunto sobrepase los seis millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos pesos (RD$6,752,200.00).
Exenciones:
• Personas mayores de 65 años de edad, siempre y cuando la vivienda constituya el único patrimonio inmobiliario de su propietario.
• Personas pensionistas y rentistas de fuente extranjera en un 50%.
• Viviendas, solares urbanos no edificados e inmuebles destinados a actividades comerciales cuyo valor sea inferior a los seis millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos pesos (RD$6,752, 200.00).

Impuestos a Vehículos de Motor

Son los impuestos que se generan por el registro, asignación de placa, circulación, modificaciones en la matrícula (por cambio de propietario, de color o solicitud de duplicado).
Transacciones de Vehículos de Motor que generan pago de impuestos:
- Traspaso de vehículos.
- Pago del Impuesto de Circulación de Vehículos (ICV), también conocido como marbete.
- Interposición de oposición.
- Levantamiento de oposición.
- Descargo.
- Duplicados.
- Asignación de la primera chapa (placa).

Impuestos a Casinos.

Es el impuesto que grava las operaciones de los Casinos de Juegos legalmente establecidos, basados en su localización geográfica y el número de mesas de juego en operación.
Las regulaciones a las operaciones de Casinos, así como los requisitos para la instalación de los mismos, están contenidos en las Leyes 351 de fecha 06 de agosto de 1964 y 24/98 del 04 de febrero del1998.

Fecha de Presentación y Pago.
Este Impuesto es pagadero dentro de los primeros cinco (5) días del mes siguiente.
Nota: El incumplimiento de los deberes formales tales como la no presentación de la Declaración Jurada, suministrar información falsa o inexacta, entre otros, se penaliza con multas de hasta Veinte Mil Trescientos Veintiséis pesos (RD$ 20,326.00), ajustado anualmente por inflación.

Similar Documents

Premium Essay

Europe Money

...Harvard Business School 9-799-131 May 4, 2001 European Monetary Union In the spring of 1999, Romano Prodi, newly designated chairman of the European Commission, prepared to help create an economically integrated Europe. Since the introduction of the euro on January 1, Europe had been operating with a single currency—at least for business-tobusiness transactions. Despite some technical problems with the changeover and an 8% depreciation of the euro against the dollar, this extraordinary step toward integration had gone fantastically well. Western Europe continued to experience healthy growth—in excess of 2% annually—and the Commission was expanding its plans to further integrate Europe’s markets. But before real integration could be achieved, many more reforms would be needed. While the Commission recently concluded that “thanks to the Single Market Programme, today’s European 2 product markets work much better than they did in the 1970s,” they still exhibited wide price differentials, diverse regulations, and a lack of inter-European investment and competition. Capital markets had moved further, as members of the European Union had dropped regulations and encouraged competition across national borders. But even here, prices and margins remained high, and inter-European rationalization had only just begun. Finally, the markets for labor had barely begun to integrate. Here, high minimum wages, payroll taxes, unemployment benefits and diverse restrictions on flexibility...

Words: 16981 - Pages: 68

Free Essay

2012 Global Pricing System, Transfer Pricing

...GLOBAL TRANSFER PRICING SERVICES Global Transfer Pricing Review kpmg.com TAX © 2012 KPMG International Cooperative (“KPMG International”), a Swiss entity. Member firms of the KPMG network of independent firms are affiliated with KPMG International. KPMG International provides no client services. All rights reserved. Contents Introduction Country Snapshots Country Overviews Glossary of Terms Find out more 2 4 10 255 256 © 2012 KPMG International Cooperative (“KPMG International”), a Swiss entity. Member firms of the KPMG network of independent firms are affiliated with KPMG International. KPMG International provides no client services. All rights reserved. 2 | Global Transfer Pricing Review Introduction © 2012 KPMG International Cooperative (“KPMG International”), a Swiss entity. Member firms of the KPMG network of independent firms are affiliated with KPMG International. KPMG International provides no client services. All rights reserved. Introduction | 3 As multinational companies continue to globalize their supply chains, transfer pricing is increasingly at the forefront of business transformation initiatives. Organizations recognize that transfer pricing strategies can add significant value to business projects and help fund future growth as they look to maximize efficiencies and minimize their global tax liabilities. The transfer pricing environment is constantly changing, in terms of both risks and opportunities. Multinational companies...

Words: 144636 - Pages: 579